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Emprendedores: Declaración de Uso Real y Efectivo
Si el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) te otorgó el registro de una marca con fecha del 10 de agosto de 2018 o posterior entonces deberás presentar la Declaración de uso Real y Efectivo "durante los primeros tres meses posteriores, contados a partir de que se cumpla el tercer año de haberse otorgado el registro."
Posteriormente, dicha declaración deberá presentarse usando el formato correspondiente para hacerlo simultáneamente con la solicitud de renovación del registro. Si no presentas la declaración el IMPI considerará el registro de tu marca como caduco de pleno derecho.
Aun hay tiempo para que tomes tus precauciones, por ejemplo, si el registro se te otorgó justo el 10 de agosto de 2018 entonces deberás presentar la declaración entre el 10 de agosto y el 10 de noviembre de 2021.
Recuerda que las marcas registradas también pueden caducar cuando, injustificadamente a criterio del IMPI, hayan "dejado de usarse durante los tres años consecutivos inmediatos anteriores a la solicitud de declaración administrativa de caducidad" a menos que existan circunstancias de fuerza mayor que no permitieran su uso.
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